El Gobierno nacional prohibió por decreto la exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos, espacios verdes u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado Nacional
Además, se prohíbe también la denominación de dichos bienes con nombres de personalidades políticas, antes de transcurridos 10 años desde su fallecimiento